El Gobierno Nacional expidió un decreto, que fue firmado en conjunto con los ministerios de Hacienda y Comercio que está destinado a la exclusión del impuesto en la adquisición e importación de equipos, elementos e insumos destinados a la construcción, instalación, montaje, dotación y operación del Sistema Nacional Carcelario, así como para productos que se elaboren, preparen, confeccionen y produzcan al interior de los establecimientos de reclusión.

Los productos elaborados por las personas privadas de la libertad sumaron ganancias por $27 millones en la pasada Expoartesanías. Vale aclarar que la exclusión del IVA en asuntos penitenciarios, que existe desde hace 20 años, “ahora cobijará con este decreto los productos para la resocialización en el sistema carcelario y penitenciario”.

Estas medidas aplicarán en nueve escenarios. El primero son las cárceles para la detención preventiva; las penitenciarías; y las casas para la detención de y cumplimiento de pena por conductas punibles culposas cometidas en accidente de tránsito o en ejercicio de toda profesión u oficio.0

Los centros de arraigo transitorio, los establecimientos de reclusión para inimputables por trastorno mental o base patológica; cárceles y penitenciarías de máxima seguridad; cárceles y penitenciarías para mujeres; los establecimientos para miembros de la fuerza pública y las colonias.

RealRisk / Fuente: Ministerio de Hacienda

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *